Aprobada por la Sociedad Espeleológica Italiana
Casola Valsenio, 27 de noviembre de 1994
Artículo 1.- De las relaciones con la espeleología local
Si existe una espeleología local, ésta debe ser involucrada o al menos
informada antes de la expedición, también es recomendable que el proyecto de
investigación sea desarrollado de común acuerdo. Igualmente es recomendable que
algún espeleólogo local participe en la expedición. Si no existe una
espeleología local, pero hay personas interesadas y potencialmente capaces, es
oportuno iniciar con ellos un discurso didáctico de manera de hacerlos crecer
espeleológicamente.
Artículo 2.- Del comportamiento con la población local
El
comportamiento de los integrantes de la expedición debe
ser respetuoso de las personas, la cultura, las costumbres y las
religiones locales, y con todo lo de ello pueda derivarese.
Artículo 3.- Del comportamiento respecto al ambiente físico
Ya sea en las cavidades o afuera de ellas, la acción de los expedicionarios
debe ser siempre aquella del mínimo impacto ambiental, y mientras sea posible
todos los desperdicios no biodegradables debe ser llevado al centro más cercano
donde pueda ser dispuesto apropiadamente. Así mismo es recomendable que la
expedición además de ser un instrumento explorativo y divulgativo, se convierta
también en un medio para la conservación de las áreas estudiadas.
Artículo 4.- De la seriedad de la documentación
Al proyectar la realización de una expedición es fundamental efectuar una
investigación bibliográfica sobre los trabajos ya realizados en el área
escogida. Con mayor razón antes de publicar los datos propios y proponerlos
como nuevos.
Artículo 5.- De la difusión de los resultados
Siempre
debe hacerse una relación que resuma las investigaciones efectuadas, independientemente de las futuras
publicaciones. Tal relación debe enviarse lo antes posible: A) A los
espeleólogos, personas, entes gubernamentales o comunidades locales. B)
Revistas internacionales. Si se producen publicaciones adicionales, los datos
deben presentarse de tal manera que sean utilizables para futuras
investigaciones. Cualquier forma de documentación que se produzca debe reflejar
el contenido de esta Carta.